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Agua, tierra y poder: un análisis jurídico del MIDAGRI en el Perú

  • avisabhav
  • 9 sept 2025
  • 3 Min. de lectura

INTRODUCCIÓN

El sector agrario constituye uno de los pilares del desarrollo nacional, al asegurar la seguridad alimentaria, generar empleo y gestionar recursos estratégicos como el agua y la tierra. En este escenario, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) desempeña un rol fundamental como órgano rector de la política nacional agraria, en el marco de la Constitución Política del Perú.

Desde un enfoque jurídico, el análisis del MIDAGRI requiere revisar su marco normativo, sus funciones y, especialmente, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) que ha delimitado competencias y protegido derechos fundamentales vinculados al sector agrario.


Marco Normativo del MIDAGRI

El MIDAGRI se rige por:

  • Decreto Legislativo N.° 997 (2008), Ley de Organización y Funciones.

  • Decreto Supremo N.° 008-2014-MINAGRI, Reglamento de Organización y Funciones.

  • Ley de Recursos Hídricos – Ley N.° 29338.

  • Ley Forestal y de Fauna Silvestre – Ley N.° 29763.

  • Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N.° 27867 (transferencia de funciones agrarias).

Este marco regula competencias en agua, tierras, bosques, sanidad agraria, innovación tecnológica y riego, siendo de aplicación nacional, aunque compartido con los gobiernos regionales en el proceso de descentralización.


Funciones Jurídicas Claves

El artículo 5 del Decreto Legislativo N.° 997 establece como funciones del MIDAGRI:

  • Formular políticas nacionales en materia agraria y de riego.

  • Dictar normas y lineamientos de alcance nacional.

  • Supervisar a organismos adscritos como SENASA, INIA, AGRO RURAL y la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

  • Promover el desarrollo agrario sostenible y la seguridad alimentaria.


Jurisprudencia Constitucional Relevante

  • Propiedad y comunidades campesinas: En el caso Comunidad Nativa Tres Islas (STC Exp. N.° 01126-2011-HC/TC), el TC protegió el derecho de propiedad comunal frente a concesiones otorgadas sin consulta previa, reforzando la seguridad jurídica sobre tierras rurales.

  • Recursos hídricos: En la sentencia sobre la Ley de Recursos Hídricos (STC Exp. N.° 0009-2013-PI/TC), el TC reafirmó que el agua es un bien de dominio público cuya gestión debe priorizar el consumo humano y la sostenibilidad, confirmando la rectoría del MIDAGRI a través de la ANA.

  • Descentralización: En el Exp. N.° 0006-2008-PI/TC, el TC precisó que la transferencia de funciones a los gobiernos regionales no elimina las competencias rectoras de los ministerios, con lo cual el MIDAGRI mantiene su facultad normativa nacional.

  • Promoción agraria y derechos laborales: En el Exp. N.° 00030-2005-PI/TC, el TC reconoció la validez de regímenes de promoción agraria, pero advirtió que estos no pueden desconocer el principio de igualdad ni los derechos laborales mínimos.


Retos Jurídicos del MIDAGRI

El análisis de la jurisprudencia revela los principales desafíos:

  1. Seguridad jurídica en la titulación de tierras, especialmente en la Amazonía, donde se superponen derechos comunales, concesiones forestales y actividades extractivas.

  2. Gestión sostenible del agua, garantizando su acceso como derecho fundamental y evitando conflictos entre usuarios.

  3. Armonización normativa, reduciendo superposiciones entre competencias del MIDAGRI, el MINAM y los gobiernos regionales.

  4. Reformas de promoción agraria, que incentiven la inversión privada, pero respeten los derechos laborales y la igualdad constitucional.


Conclusiones

El MIDAGRI es un actor clave en la gobernanza del sector agrario, pues administra recursos que están íntimamente ligados a derechos fundamentales como el agua, la tierra, el medio ambiente equilibrado y la identidad cultural de comunidades campesinas y nativas.

El Tribunal Constitucional ha reforzado esta visión, delimitando que el agua es de dominio público, que los territorios comunales merecen protección reforzada y que la descentralización no debilita la función rectora del ministerio.

Por ello, el reto pendiente es avanzar hacia una reforma normativa integral, que brinde mayor seguridad jurídica a la propiedad rural, fortalezca la descentralización ordenada y asegure un equilibrio entre competitividad agraria e inclusión social.

 
 
 

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