LOS PERITOS NO ESTÁN FACULTADOS PARA DETERMINAR LA CULPABILIDAD DEL ACUSADO [R. N. N.º 593-2023/LIMA ESTE]
- avisabhav
- 27 ago 2025
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El colegiado indicó que: “[se] advierte que la defensa del sentenciado, en juicio oral, realizó la siguiente pregunta: “¿Se puede determinar que el examinado ha podido realizar el hecho denunciado?”, a lo cual, el perito respondió: “Yo no puedo afirmar eso...”. Así, la respuesta del perito de no poder afirmar la culpabilidad del sentenciado es coherente, ya que es importante recordar que los peritos no están facultados para determinar la culpabilidad del acusado, ellos están capacitados para proporcionar análisis y conclusiones basadas en su área de competencia; pero la determinación final de responsabilidad le corresponde al juez, de lo contrario si se hiciera responsable al acusado por su solo perfil psicológico se estaría ejerciendo un derecho penal de autor que colisiona de manera definitiva con el principio de culpabilidad. [F.J. 18]
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